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lunes, 12 de enero de 2009

"Ley de Nietos": nacionalización masiva de hijos y nietos de exiliados y emigrados

Es conocido por muchos que dentro de su dominio (www.mjusticia.es), el Ministerio de Justicia español ha dedicado unas páginas a la aplicación de la Ley de la Memoria Histórica (ver http://leymemoria.mjusticia.es/) aprobada ahora hace un año. En una de sus subpáginas (ver http://leymemoria.mjusticia.es/paginas/es/descendientes.html, punto 3º) pueden leerse los requisitos mínimos que esta Ley fija para la consecución de la nacionalidad española por parte de los hijos y nietos de exiliados españoles, residentes fundamentalmente en América, Bélgica, Francia, etc. Estos requisitos, a modo de filtros, son muchos pero, para alborozo de los interesados, se ven notablemente aliviados cuando se lee la última salvedad del articulado:

"Se presumirá la condición de exiliado respecto de todos los españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y 31 de diciembre de 1955".

Es decir que, interpretando correctamente lo escrito, la Ley reconoce la condición jurídica de "exiliado" a cualquier español que haya salido de España entre ese rango de fechas, lo que implica necesariamente que --según la Ley y este artículo-- cualquier motivo para haberse expatriado de España entre 1936 y 1955 (ya fuera de índole económica, migratoria, laboral o política), convierte automáticamente y jurídicamente al expatriado o emigrante en "exiliado" acogible a la Ley de Memoria Histórica con todos los beneficios aparejados a esta condición.

Se entiende por ello la expectación y el optimismo despertado por este texto legal en América y en Europa, ya que si bien los primeros cálculos cifraban en 500.000 los posibles interesados, algunas estimaciones de última hora hacen elevar el número de posibles solicitantes a un millón de personas (¡¡1.000.000!!). Es natural entonces que a la norma se la conozca con el apelativo de "Ley de Nietos".

Por ello, según la Ley y su artículo, el hijo o nieto de españoles expatriados entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955 no necesitaría acreditar o justificar la condición política del supuesto "exiliado", sino que cualquier documento oficial emitido por el país de acogida bastaría para probar su residencia en él, entre esas fechas, y permitiría al hijo o nieto convertirse en personas con derecho a la ciudadanía española. Estos documentos que le permitirían solicitar la nacionalidad (CUALQUIERA DE ELLOS, con uno debiera bastar) pueden ser:

. Documentación de la Oficina Internacional de Refugiados de Naciones Unidas y de las Oficinas de Refugiados de los estados de acogida que asistieron a los refugiados españoles y a sus familias.

. Certificaciones o informes expedidos por partidos políticos, sindicatos o cualesquiera otras entidades o instituciones, públicas o privadas, debidamente reconocidas por las autoridades españolas o del Estado de acogida de los exiliados, que estén relacionadas con el exilio. Dichas certificaciones o informes deberán referirse fehacientemente a los fondos documentales o archivos históricos de la entidad.

. Pasaporte o título de viaje con sello de entrada en el país de acogida.

. Certificación del Registro de Matrícula de la Embajada o Consulado español.

. Certificaciones del Registro Civil consular que acrediten la residencia en el país de acogida, como inscripción de matrimonio, inscripciones de nacimiento de hijos, inscripciones de defunción, etc.

. Certificación del registro civil local del país de acogida que acredite haber adquirido la nacionalidad de dicho país.

. Documentación oficial de la época del país de acogida en la que conste el año de la llegada a dicho país o la llegada al mismo por cualquier medio de transporte.

Probablemente el hijo o nieto no encuentre demasiada dificultad en hallar alguno de estos últimos documentos, fundamentalmente cualquiera de los emitidos por algún organismo oficial del país de acogida (por ejemplo, un certificado de empadronamiento, un justificante de censo, un recibo de haber pagado algún tipo de tasa o impuesto, un documento de identidad, pasaporte o cédula, un diploma, una tarjeta sanitaria, etc., etc., etc.).

Son decenas los posibles tipos de documentos que justificarían la residencia de su familiar y también decenas los organismos o entidades que tras su petición deberían revisar sus archivos y extenderlos (Embajadas, Consulados, Ayuntamientos, Municipalidades, Diputaciones, Provincias, Regionalidades, Distritos, Ministerios, entes estatales o nacionales, etc.).

Parece necesario dar la máxima difusión a esta circunstancia y dado que casi el 50% de las visitas a este blog proceden de Méjico, Estados Unidos, América Central, América del Sur, Francia, Bélgica, Holanda y Alemania, se hace obligado compartir esta información con todos los descendientes (en segunda o tercera generación) de emigrados españoles entre 1936 y 1955. A buen seguro que debe haber muchos entre los lectores de "Todos los Rostros" y que estarán interesados en acceder a esta proceso de renacionalización. Es necesario que conozcan que pueden conseguir la nacionalidad española casi inmediatamente con sólo justificar que su antepasado marchó de España en ese rango de fechas, aunque lo hiciera "solo" por motivos económicos. Y que la solicitud puede realizarse hasta (y vence el) el 29 de diciembre de 2010. Si lo consiguieran y algún día pudiera viajar a España, me agradaría poderles ver en el sur de la península, en Jerez de la Frontera, y poder darle el primer abrazo de bienvenida. Mientras tanto, reciban mientras tanto mis mejores deseos de suerte y buenos augurios.







Las imágenes que aquí reproduzco pertenecen al fondo fotográfico de Walter Rosenblum (http://www.rosenblumphoto.org). Este fotógrafo documentalista y realista se integró en la Photo League --movimiento de fotografía social creado en Estados Unidos en 1936-- a los 17 años e hizo suyas las experiencias de Paul Strand y Lewis Hine; en 1946, retrató en los campos de refugiados franceses a los republicanos españoles huídos (ver las fotografías arriba anexas, procedentes de http://www.rosenblumphoto.org/gallery_spanish.html); desembarcó en Normandía con las tropas americanas; realizó la primera filmación en el campo de Dachau; y documentó las interioridades más expresivas de los barrios neoyorquinos Pitt Streeet en los años 30, el Harlem hispano de los 50 y el Bronx de los 80. Aún vivo, Walter Rosenblum (Nueva York, 1919) es uno de los históricos de la fotografía de reportaje social y bélico, y ha contribuido junto a su mujer, la historiadora de la fotografía Naomi Rosenblum, a enriquecer el conocimiento del medio.

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Hola, Paco de Jerez.
He creado este articulo en la wikipedia:

http://es.wikipedia.org/wiki/Niños_perdidos_del_franquismo
Lamentablemente, no se disponen de fotos apropiadas para ilustrarlo.
En tu entrada en este blog las hay interesantísimas que vienen como anillo al dedo. ¿Hay posibilidades de que sus propietarios las cedan para subirlas aquí:

http://commons.wikimedia.org/wiki/Portada

y poder ilustrar la página?

Gracias y un saludo.

Paco de Jerez dijo...

Amigo "anónimo":

Lamento informarte de que desconozco cómo contactar con los propietarios de las imágenes para lograr su cesión de cara a su aparición en la wiki. En "Todos los Rostros" procuro mencionar las fuentes de las que he tomado las instantáneas, siempre que las tenga identificadas, mas eso no ocurre en todos los casos y desde luego nó en la entrada de los niños perdidos en el blog. Muchas de las imágenes que la ilustran proceden a buen seguro de flickr y de corbis y otras son capturas de fichero o de pantallas de otras páginas. Puedo permitirme ese lujo, ya que como ves el blog no tiene ánimo de lucro ni su autor persigue beneficio económico. Por ello, creo que ante la ausencia de contenidos commons, sólo te resta tirar por la calle de enmedio, colocar imágenes en tu entrada en wiki a las bravas, o en último caso (o quizás en el primero, probablemente el mejor recurso) mencionar que son consultables en el blog "Todos los Rostros". Suerte.

Paco de Jerez dijo...

Extraído de LEVANTE.com
http://www.levante-emv.com/secciones/noticia.jsp?pRef=2009020600_9_552502__Sociedad-primer-cubano-pasaporte-nietos-emigrara-enseguida

Nacionalidad
El primer cubano con pasaporte español por la ´ley de nietos´ emigrará enseguida

Norberto Díaz, el primer ciudadano cubano en obtener el pasaporte español luego de acogerse a la denominada "ley de nietos", posa con su nuevo documento hoy, 5 de febrero de 2009, al salir del Consulado de España en La Habana (Cuba). Hasta el momento, el consulado ha recibido 25.000 solicitudes, tramita la documentación de 984 cubanos y "ya han sido aprobados" 398 casos.

EFE/Alejandro Ernesto

El primer cubano que recibió pasaporte español en La Habana por la llamada "ley de nietos", el cardiólogo Norberto Díaz, se irá pronto a "trabajar y vivir" en España y tal vez a casarse allí, de donde su abuelo paterno salió en 1916 y nunca pudo regresar.

EFE Norberto Luis Díaz Reyes, de 38 años, viajará a Madrid el domingo próximo y luego irá a Valencia, donde tiene una "propuesta de trabajo" y "muchas amistades buenas", según dijo a Efe con su nuevo documento en la mano.

La solicitud de nacionalidad de Díaz Reyes fue la primera que llegó al Consulado de España en La Habana el pasado 29 de diciembre, cuando comenzó a aplicarse la ley de Memoria Histórica, y su pasaporte fue también el primero en llegar a manos del nuevo español este jueves.

"Estoy feliz, muy contento, pero una felicidad tranquila, que no es con euforia, de certeza de que regreso a mi patria también", explicó el médico, a quien todos los planes -agrega- le han salido a pedir de boca.

Hace seis años solicitó su "liberación" laboral al Ministerio de Salud Pública, trámite obligado para los médicos cubanos por sus restricciones para dejar la isla y que suele demorar cinco años, pero que le llegó a tiempo para irse inmediatamente después de adquirir su pasaporte.

"Yo me mantuve trabajando, esperando el permiso de salida de Salud Pública", indicó el cardiólogo, que ya comenzó los trámites de homologación de su título en España y espera poder ejercer allí su especialidad.

Se confiesa apegado a las cosas "legales" y "tranquilas", por lo que resaltó las ventajas de llegar a un país como España con todos los derechos que le corresponden y no como si fuera un "nómada".

Su abuelo paterno viajó de las Islas Canarias a Cuba en 1916, cuando tenía 16 años de edad, y desde su llegada -relata- se negó a casarse con una cubana.

Finalmente formó familia con otra canaria con la que tuvo 10 hijos, pero nunca pudo regresar a su casa, ni volvió a ver a sus parientes.

Según Díaz Reyes, la educación sentimental que su abuelo legó a los nietos estuvo llena de historias sobre su tierra natal y el consejo de que no se marcharan nunca de su país, que no fueran "extranjeros".

"Pero yo le seguí sus pasos, porque siempre quise conocer el mundo, siempre quise regresar a mi tierra", señaló.

El cónsul general de España en Cuba, Pablo Barrios, que entregó personalmente el primer pasaporte de la "ley de nietos" en La Habana, descartó ante periodistas la posibilidad de que esa normativa abra una posibilidad de un "éxodo" masivo en la isla.

"No creemos honestamente que es un éxodo", señaló Barrios, para quien la concesión de nacionalidad sí "les va a permitir muchas facilidades" a algunos cubanos.

Según Barrios, en Cuba "los vínculos con España son muy grandes" -este país se independizó hace poco más de un siglo- y la embajada está "aumentando ligeramente un poco las primeras previsiones" que había hecho sobre el número de solicitudes y concesiones de nacionalidad.

Fuentes del consulado calculan que durante los dos años en que tendrá vigencia la ley, más de 100.000 cubanos podrían convertirse en nuevos españoles.

Diplomáticos españoles calculan que pueden solicitar la nacionalidad hasta 400.000 cubanos, más del tres por ciento de los 11,3 millones de habitantes de esta isla sumida en una profunda depresión económica desde hace décadas.

Hasta el momento, el consulado ha recibido 25.000 solicitudes, tramita la documentación de 984 personas y "ya han sido aprobados" 398 casos.

En la lista de "expedientes aprobados" también están los tres hermanos de Díaz Reyes, y cuatro de sus primos han presentado ya los papeles.

Según el cardiólogo, en su familia van a ser aún varios más los que se acojan a la ley.

"Mis hermanos ya tienen los papeles hechos", dijo, aunque subrayó que "no todos quieren ir a vivir a España"

"A vivir, yo. Ellos irán, trabajarán tal vez, estarán un tiempo, porque ellos sí tienen a sus hijos aquí. El único que quiso viajar el mundo desde niño fui yo", apuntó.

Por el momento, Díaz Reyes, divorciado y sin descendencia, se ha calificado como hombre con "suerte" y "feliz", que viajará "solo".

"Quizás me case en España", añadió.